Congreso de Sinaloa aprueba perseguir de oficio el maltrato animal sin querella
El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal estatal para que el delito de maltrato animal se persiga de oficio, sin necesidad de denuncia formal.
El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad el 29 de octubre de 2026 una reforma al Código Penal estatal para que el maltrato o crueldad animal se persiga de oficio. Con esta modificación, el delito deja de requerir querella y la autoridad ministerial puede investigarlo sin esperar una denuncia formal.
La reforma provino de dos iniciativas presentadas por separado: una del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y otra del diputado de Morena Pedro Alonso Villegas Lobo. Además de modificar el artículo 364-Bis A del Código Penal, la reforma añadió un párrafo a la Constitución estatal (artículo 4-Bis B) que prohíbe expresamente el maltrato animal y obliga al estado a garantizar su cumplimiento.
Con esta medida, el Ministerio Público podrá iniciar investigaciones cuando tenga conocimiento de actos de maltrato o crueldad contra animales domésticos, silvestres o ferales, sin que sea necesario que la víctima indirecta presente una querella formal.
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